
El Gobierno regional ha decidido aplicar una exención del 100% al impuesto sobre el patrimonio, lo que, en la práctica, elimina obligaciones para todos los contribuyentes. Por consiguiente, a partir del ejercicio fiscal 2023, el impuesto sobre el patrimonio dejará de recaudarse en Andalucía.
La medida pretende eliminar la presión fiscal sobre las personas adineradas y animarlas a residir en Andalucía. El Gobierno regional calcula que atraerá a 7.000 nuevos residentes el próximo año.
¿Cuál Es El Ahorro En El Impuesto Sobre El Patrimonio En Andalucía Como Resultado De La Medida?
En la actualidad (incluido el ejercicio fiscal 2022), el impuesto sobre el patrimonio se grava con una escala móvil del 0,2% al 2,5% sobre el valor de los activos, en todo el mundo o en España, dependiendo de su situación de residencia. No obstante, existen las siguientes exenciones
- Hasta 700.000 euros de desgravación sobre el patrimonio personal, excluida la residencia principal.
- Hasta 300.000 euros sobre el valor fiscal de su vivienda habitual.
En la práctica, estas desgravaciones significan que la mayoría de las personas están exentas de pagar el impuesto sobre el patrimonio. Como resultado, sólo 16.700 personas pagaron este impuesto en Andalucía en 2020 (últimos datos disponibles).
¿Y el resto de España?
La supresión del impuesto sobre el patrimonio en Andalucía es una excepción en España. De hecho, es la segunda región del país que lo hace. Andalucía se une así a Madrid.
¿Qué es el impuesto sobre el patrimonio español?
El Impuesto sobre el Patrimonio en España es un impuesto anual, que se paga sobre el valor neto total de su patrimonio a 31 de diciembre. Se entiende por valor neto total: El conjunto de bienes y derechos de contenido económico cuya titularidad corresponde a una persona física deducidas las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como las deudas y obligaciones personales.
¿Quién paga el Impuesto sobre el Patrimonio?
El impuesto sobre el patrimonio puede pillarle por sorpresa, ya que España es uno de los pocos países en los que está aprobado este impuesto adicional. Tanto los residentes como los no residentes están sujetos al pago del impuesto sobre el patrimonio español. Este impuesto viene acompañado de una serie de desgravaciones, lo que significa que muchas personas están exentas de este impuesto, sin embargo, para las personas más ricas, puede tener un impacto significativo.
Las normas varían en función de su estatus de residencia en España y de la región en la que se encuentre, ya que varias comunidades autónomas españolas tienen sus propias leyes fiscales en vigor, que les permiten establecer sus propias desgravaciones y deducciones libres de impuestos o establecer el tipo impositivo que consideren oportuno.
Para los residentes
- Pagar impuestos sobre el patrimonio mundial.
- Tienen amplias desgravaciones fiscales.
- Tienen derecho a una deducción de 300.000 euros por propietario por su vivienda principal.
- Están obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio:
- Si tras aplicar estas desgravaciones, el resultado neto es positivo.
- Si el valor bruto total de sus bienes supera los 2 millones de euros.
Para no residentes
- Tributar únicamente por el patrimonio español.
- A partir de este año, con la entrada en vigor de la Ley 11/2021, se incluye la posibilidad de aplicar la normativa autonómica del Impuesto sobre el Patrimonio a los no residentes en terceros países (fuera de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo). Será la comunidad autónoma en la que radiquen sus bienes de mayor valor.
- En caso contrario, tendrá derecho a una deducción de 700.000 euros por persona.
- Está obligado a presentar una declaración del Impuesto sobre el Patrimonio:
- Si tras aplicar estas deducciones, el resultado neto es positivo.
- Si el valor bruto total de los bienes en España supera los 2 millones de euros.
Los sujetos pasivos no residentes en territorio español, cuando operen a través de un establecimiento permanente o cuando la Administración tributaria lo requiera por la cuantía y características de los bienes del contribuyente situados en España, tienen la obligación de designar un representante ante la Administración tributaria en relación con sus obligaciones por este impuesto.
Principales bienes gravados por el Impuesto sobre el Patrimonio
- Bienes inmuebles
- Depósitos e inversiones bancarias
- Bienes y derechos propiedad de particulares relacionados con actividades profesionales o empresariales
- Bienes de lujo como joyas, abrigos de piel, barcos, coches rápidos y otros vehículos
- Objetos de arte y antigüedades
- Seguros de vida, rentas vitalicias y temporales
- Derechos reales, concesiones administrativas y derechos de propiedad intelectual
Exenciones del Impuesto sobre el Patrimonio español
- Contenido del hogar (excluidos los anteriores)
- Obras de arte y antigüedades
- Derechos económicos en algunos instrumentos como los derechos de pensión
- Bienes empresariales cuando deriven de una actividad profesional que debe constituir su principal fuente de ingresos y realizarse por cuenta propia y de forma habitual.
- Derechos de propiedad intelectual en titularidad del autor
- Acciones de entidades, cotizadas o no, con los siguientes requisitos:
- Posee al menos el 5% del capital social (o al menos el 20%, incluidas las participaciones del cónyuge u otros familiares).
- Desempeña funciones directivas para la empresa, percibiendo por tales actividades un salario que represente al menos el 50% de sus ingresos netos totales.
- No puede tener como actividad principal la gestión de bienes muebles o inmuebles.
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Fuente: https://costaluzlawyers.es/blog/end-of-wealth-tax-in-andalucia-from-2023/